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República Dominicana. Ministerio de las Fuerzas Armadas (Nombre corporativo)

Preferred form: República Dominicana. Ministerio de las Fuerzas Armadas
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  • Ministerio de las Fuerzas Armadas

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Work cat.: (OSt)45833: República Dominicana Ministerio de la Fuerzas Armadas Instituto Superior para la Defensa Escuela de Graduado de Comando y Estado Mayor Conjunto General de División Gregorio Luperón, Compendio de monografías de la especialidad de comando y Estado mayor conjunto :, 2013.

https://es.wikipedia.org/wiki/Fuerzas_Armadas_de_Rep%C3%BAblica_Dominicana Consultado en 20 de febrero, 2025

El Ministerio de Defensa de la República Dominicana, anteriormente conocido como Fuerzas Armadas, es el organismo de Estado que representa al conjunto de los cuerpos militares dominicanos. La misión del Ministerio de Defensa es defender la integridad territorial de la República Dominicana y su soberanía, así como mantener la paz y el orden público. Está compuesto por tres ramas: el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea. También depende de esta oficina el Departamento Nacional de Investigaciones. Además, forma parte el Obispado Castrense de la República Dominicana. Como Ministerio, su origen viene en la Constitución dominicana de 1844, cuando se le llamaba Secretaría de Estado de Guerra y Marina. Su sede ministerial se encuentra en Santo Domingo, en la Av. 27 de Febrero, en la Plaza de la Bandera. Está dirigido por el Teniente general Carlos Antonio Fernández Onofre desde el 16 de agosto de 20241​, aunque su comandante en jefe es el Presidente de la República. Historia institucional Las Fuerzas Armadas de la República Dominicana fueron instauradas de manera oficial en la Constitución de 1844 que en su Título VIII especifica la composición y las funciones del cuerpo. Art. 183. La Fuerza Armada es la defensora del Estado, tanto contra las agresiones esternas (sic.), como contra las conmociones internas, y la custodia de las libertades públicas. (...) Art. 185. La Fuerza Armada se divide en Ejército de Tierra, Armada Nacional y Guardia Cívica. Constitución dominicana, Título VIII; 6 de noviembre de 1844 Ese mismo texto se creaba la Secretaría de Estado de Guerra y Marina, la cual estaría encargada de dirigir las fuerzas militares dominicanas y trabajar de la mano del Presidente de la República para mantener la seguridad y soberanía del país. Fue suprimido en dos ocasiones: durante la Anexión a España y durante la ocupación militar estadounidense. Durante la Tercera República, reapareció la Secretaría de Estado de Guerra y Marina. Durante el período 1934-1937 se fusionó con la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía para formar una única oficina llamada Secretaría de Estado de lo Interior, Policía, Guerra y Marina. Recupera su denominación original para 1938. En 1928 se empiezan los primeros pasos en la aviación dominicana. Para 1932 se crea el Arma de Aviación, como cuerpo adscrito al Ejército Nacional. Posteriormente en 1936 se crea el Destacamento de Aviación.5​ Viendo el desarrollo de este cuerpo, la oficina adopta el nombre de Secretaría de Estado de Guerra, Marina y Aviación en 1949. Para 1956 pasa a llamarse Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas. Mantendrá esta nomenclatura hasta 2010, cuando la reforma constitucional y el decreto no. 56-106​ la convierte en el Ministerio de las Fuerzas Armadas. Tres años más tarde, se reestructura el organismo que pasa a ser conocido como Ministerio de Defensa, mediante la Ley Orgánica no. 139-13.7​

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